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Situación

Conservar la vivienda habitual

Acogerse a la segunda oportunidad no implica necesariamente entregar la vivienda. La ley prevé la exoneración con plan de pagos, que permite mantener el patrimonio y atender un plan durante el plazo legal, en lugar de liquidarlo. La comparación entre modalidades se hace caso por caso, atendiendo al valor del inmueble, a sus cargas, a los ingresos, al pasivo total y a la viabilidad objetiva de un plan.

Cuándo tiene sentido el plan de pagos

La existencia de una vivienda habitual y de ingresos no determina por sí sola la modalidad aplicable. Son elementos que se ponderan junto con las cargas del inmueble, el pasivo total y la capacidad de pago realmente disponible.

Tampoco la ausencia de ingresos conduce automáticamente a la liquidación, ni un valor del inmueble superior a la deuda garantizada la impone. Cada modalidad se compara con cifras concretas antes de decidir.

Si ya hay ejecución hipotecaria

La existencia de un procedimiento de ejecución cambia el escenario y estrecha los plazos. No es lo mismo actuar al recibir el primer requerimiento que hacerlo con subasta señalada.

La solicitud no suspende automáticamente la ejecución en curso: los efectos dependen de la fase procesal en que se encuentre el procedimiento y del régimen aplicable al bien sobre el que recae la garantía.

La parte del crédito cubierta por el valor de la garantía sigue el régimen propio de los créditos garantizados. La deuda que subsiste después de la subasta, el llamado déficit hipotecario, es el remanente no cubierto y puede quedar comprendida en la exoneración conforme a las reglas generales, con las excepciones y límites legales.

Errores que cierran puertas

  • Transmitir la vivienda a un familiar para 'protegerla': compromete la buena fe.
  • Dejar de pagar la hipoteca para 'demostrar' insolvencia.
  • Esperar a la subasta antes de consultar.
  • Firmar una refinanciación que solo cambia el nombre de la deuda.

Preguntas frecuentes

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Esta página contiene información jurídica general sobre el procedimiento de exoneración del pasivo insatisfecho. No sustituye al asesoramiento individualizado: el resultado de cada expediente depende de sus circunstancias concretas y de la resolución judicial.

Antes de tomar cualquier decisión sobre su vivienda, hable con un abogado

Estudiamos su caso y le indicamos con claridad si procede plantear la exoneración, cuánto tarda y qué documentación necesita.

Vigueras y Carrillo Abogados · Administradores concursales · Región de Murcia

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