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Tipo de deuda

Deudas con bancos, tarjetas, revolving y microcréditos

Los préstamos personales, las tarjetas de crédito y revolving, los microcréditos, la financiación al consumo y los descubiertos son deuda de acreedor privado y, con carácter general, forman parte del pasivo que puede quedar comprendido en la exoneración. Junto a esa vía concursal existe otra distinta: revisar el propio contrato cuando hay cláusulas, intereses o condiciones discutibles. Son caminos independientes y no siempre procede recorrer los dos.

Qué deudas entran en este grupo

  • Préstamos personales y preconcedidos.
  • Tarjetas de crédito de entidad bancaria o de establecimiento comercial.
  • Tarjetas revolving y líneas de crédito de disposición renovable.
  • Microcréditos y crédito rápido contratado a distancia.
  • Financiación al consumo vinculada a una compra concreta.
  • Descubiertos en cuenta, excedidos y comisiones asociadas.
  • Deuda cedida a un fondo o a una empresa de recobro.

Por qué esta deuda deja de bajar

En los productos de crédito renovable la cuota mensual se destina en buena parte a intereses y comisiones, de modo que el capital pendiente apenas se reduce aunque se pague con puntualidad durante años. No es una impresión del cliente: es el funcionamiento del producto.

Cuando a eso se suman varias tarjetas, un préstamo de reunificación y algún microcrédito, el conjunto deja de ser un problema de organización y pasa a ser una situación de insolvencia, que es exactamente el presupuesto que contempla la ley concursal.

Dos vías distintas que conviene no confundir

La primera vía es la exoneración del pasivo insatisfecho: un procedimiento judicial que aborda el conjunto de la deuda y termina, si el juzgado lo acuerda, con la exoneración de la parte comprendida en la resolución. No se negocia deuda por deuda.

La segunda vía es la revisión del contrato: acciones civiles individuales sobre un préstamo o una tarjeta concretos cuando existan motivos jurídicos para discutir su validez o su coste. Es un pleito frente a una entidad, con su propio riesgo, su propio coste y su propio plazo.

Ni una ni otra tienen resultado garantizado, y no siempre interesa acumularlas. Lo que decidimos en el estudio inicial es cuál de las dos, o en qué orden, tiene sentido en su caso.

Ninguna de las dos vías se ofrece con promesa de resultado. La exoneración la acuerda el juzgado y la revisión contractual depende del contrato concreto y de la prueba disponible.

Qué puede revisarse en un contrato de crédito

Los siguientes son aspectos que pueden ser objeto de análisis, sin que su revisión prejuzgue resultado alguno ni suponga ofrecer la nulidad del contrato:

  • El coste efectivo del crédito en tarjetas de disposición renovable.
  • La información precontractual y la transparencia de la contratación, especialmente a distancia.
  • Comisiones repercutidas y productos vinculados contratados junto al préstamo.
  • La documentación de la cesión del crédito cuando reclama un fondo o una empresa de recobro.
  • El importe reclamado y su desglose entre capital, intereses, comisiones y gastos.

Ficheros de morosidad

Figurar en un fichero de solvencia patrimonial no impide acudir al procedimiento. Una vez resuelto el expediente puede solicitarse la actualización o cancelación de las anotaciones que hayan quedado sin causa, pero es una gestión que hay que pedir expresamente y que depende del responsable del fichero.

Preguntas frecuentes

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Esta página contiene información jurídica general sobre el procedimiento de exoneración del pasivo insatisfecho. No sustituye al asesoramiento individualizado: el resultado de cada expediente depende de sus circunstancias concretas y de la resolución judicial.

Compruebe en dos minutos si su situación encaja

El autodiagnóstico es orientativo y no pide datos personales. Si prefiere hablarlo directamente, el teléfono del despacho atiende en horario laborable.

Vigueras y Carrillo Abogados · Administradores concursales · Región de Murcia

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